El Tribunal Oral en lo Penal de Curicó dictó sentencia condenatoria contra el exfuncionario municipal Jorge Mauricio Guajardo Fuentes, quien ofrecía sus servicios de manera particular para gestionar la regularización administrativa de construcciones ante la Dirección de Obras a cambio de una retribución económica.
La tarde de este viernes, el magistrado Rodrigo Gómez Marambio leyó el fallo en contra del exfuncionario, quien había sido declarado culpable de diversos delitos cometidos aprovechando su experiencia en la administración pública.
Durante el juicio oral, se estableció que Guajardo Fuentes fue absuelto de un cargo de 2018, pero fue condenado como autor de tres delitos de estafa o defraudación del artículo 473 del Código Penal, afectando a cuatro víctimas distintas durante 2022.
Guajardo cobró sumas de dinero que iban desde los 150 mil, 300 mil y hasta los 690 mil pesos por agilizar diversos trámites relacionados principalmente a ampliaciones en distintas villas de Curicó, los que finalmente no cumplía, ni tampoco restituía el dinero pagado.
El Magistrado Gómez explicó el factor agravante en la comisión de los delitos, “él se valió de que trabajó en la municipalidad y eso se estableció la sentencia para, en el fondo, adornar una oferta de cómo podría ser una persona que asesora a otra en labores... yo tengo experiencia porque yo trabajé en la municipalidad, yo conozco perfectamente lo que hay que hacer, te lo voy a hacer, déjalo en mis manos y te cobro tanto. Lo que era una oferta en realidad engañosa y de ahí, ese elemento de engaño es la clave para la estafa que obviamente se consuma con un perjuicio”.
Pese a la condena por los tres delitos, el Tribunal impuso a Guajardo la pena mínima asignada, que corresponde a 61 días de presidio por cada uno (183 días en total) más una multa de dos Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
El Magistrado Gómez explicó que, considerando que el condenado poseía irreprochable conducta anterior y ninguna agravante, reunía los requisitos para cumplir la pena en libertad bajo el beneficio de la remisión condicional.
“Él deberá estar asistiendo durante un año a Gendarmería de Chile, firmando, no puede cometer nuevos delitos”, precisó el juez a VLN Radio.
Adicionalmente, si bien Guajardo no era empleado público al momento de los hechos, se le impuso la pena de suspensión de cargo u oficio público por 183 días. Esto significa que no podrá postular ni trabajar para el Estado (como profesor, empleado municipal, etc.) durante ese período.
Tras la comunicación de sentencia, cualquiera de las partes tiene un plazo de 15 días para presentar algún recurso ante la Corte de Apelaciones de Talca.
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