A menos de una semana de la celebración de las Fiestas Patrias, las que este año cuentan con un triple feriado el miércoles 18, jueves 19 y viernes 20 de septiembre, desde la seremi del Trabajo del Maule y la Dirección del Trabajo se inició una campaña de difusión sobre derechos laborales, dirigida a los trabajadores de la región.
Desde ambos organismos, se busca recordar que de estos tres días, hay dos que la ley considera irrenunciables para empleados del comercio, correspondientes al 18 y 19 del presente mes.
Según la normativa, el periodo referido comienza a las 21:00 horas del día anterior al festivo y termina a las 6:00 de la mañana del a jornada posterior al feriado, salvo los turnos rotativos para los que rigen otros horarios.
“Queremos que los empleadores respeten esta normativa y les den todas las facilidades a sus trabajadores, para que estas fiestas sean de descanso, de no preocuparse de ir a trabajar”, indicó la seremi, Maribel Torrealba, insistiendo en que el próximo miércoles y jueves “todo el comercio debe estar cerrado”.
Asimismo, la autoridad dio un mensaje “a todos aquellos empleadores que piensan abrir esos días, que la normativa dice que si el negocio es atendido por sus dueños o por familiares directos, pueden funcionar, pero los que no, nosotros vamos a estar fiscalizando”.
Por su parte, el director del Trabajo, Félix Fuentes, indicó que “tenemos programas de fiscalización para que la legislación laboral se cumpla en estos dos días de feriado irrenunciable. En las ocho oficinas de nuestra región van a existir turnos de fiscalización, para poder abarcar toda la jurisdicción y constatar en terreno el fiel cumplimiento de la legislación laboral en el Maule”.
Respecto a quienes se exceptúan de estos feriados obligatorios e irrenunciables, las autoridades mencionaron que corresponden a trabajadores del comercio que se desempeñan en los siguientes rubros:
- Restaurantes
- Establecimientos de entretenimiento tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret y clubes.
- Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
- Casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados.
- Expendio de combustibles.
- Farmacias de urgencia y las que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
- También deben trabajar los dependientes de las llamadas "tiendas de conveniencia", adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados en el lugar.
Las infracciones por incumplimiento al no conceder el feriado obligatorio e irrenunciable, serán sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($331.810) hasta las 20 UTM ($1.327.240), por cada trabajador afectado por la infracción. Si estos últimos son sorprendidos en esta situación, deben cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.
Cabe señalar que quienes estén exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable, sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador, pudiendo pactar con él la rotación del personal necesaria para este fin. Si esto no se acata, se podrán imponer multas en las mismas condiciones antes descritas.
Para más información disponible y acceder a canales de denuncia, se debe ingresar al sitio web www.dt.gob.cl o llamar al teléfono 600 400 4000.
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