La Tercera Sala de la Corte Suprema ha determinado una sanción de un mes de suspensión en el ejercicio profesional y el pago de una multa de cinco Unidades Tributarias Mensuales (UTM) para una abogada. La sanción se debe a la utilización de citas doctrinales inexistentes en un recurso de casación presentado ante el tribunal.
Según información del Poder Judicial, los textos falsos, que supuestamente pertenecían a los profesores Juan Andrés Orrego Acuña y Jean Pierre Matus y trataban sobre derecho del consumidor, fueron creados a través de un chatbot de inteligencia artificial.
El máximo tribunal desestimó el argumento de la defensa, que intentó calificar el hecho como un "error involuntario". En su fallo, los magistrados confirmaron la inexistencia de las obras citadas en el recurso y concluyeron que la abogada infringió el principio de buena fe procesal al no cumplir con su deber de verificar la información aportada.
La resolución judicial estableció que “La buena fe se traduce en el deber que tiene la parte en orden a verificar la efectividad de la información que aporta al tribunal, lo que no hizo”.
La sentencia también calificó la conducta de la profesional como una "falta de profesionalidad" que contraviene la rectitud esperada en el ejercicio ante los tribunales.
La decisión fue adoptada por los ministros Leopoldo Llanos, Adelita Ravanales, Omar Astudillo, el abogado integrante Carlos Urquieta y, notablemente, por el propio ministro Matus.
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