Con fecha 7 de marzo, la Corte de Apelaciones de Talca emitió un fallo en el que rechaza el recurso de protección contra VLN Radio interpuesto por un hombre denunciado por abuso sexual, quien intentó que se borraran las publicaciones sobre lo ocurrido realizadas por el medio de comunicación.
El hecho, que afectó a una mujer de 23 años de edad, se registró el 26 de octubre de 2021 en el sector de Valles de Santa Fe de la comuna de Curicó, cuando se dirigía a tomar locomoción colectiva para ir a su trabajo. Según declaró, un ciclista se le acercó y la acorraló para luego realizarle tocaciones, tras lo cual escapó.
Posteriormente, la madre de la víctima obtuvo las imágenes de una cámara de seguridad del lugar, la cual registró al atacante en su bicicleta quien después fue reconocido por la joven. De esta forma, la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (BRISEX) lo detuvo cuatro días después, quedando con prohibición de acercarse a la mujer durante el periodo de indagatorias.
Tanto la denuncia pública de la afectada como el arresto del sospechoso fueron publicados por VLN Radio, con su foto obtenida de las grabaciones donde aparece con el rostro cubierto casi totalmente y usando un polerón con gorro, sin identificarlo por su nombre ni sus iniciales.
Pese a lo anterior, el individuo, quien niega haber cometido el abuso contra la víctima, solicitó al medio que se borraran ambas notas desde su sitio web y redes sociales, lo que no fue aceptado, por lo que presentó un recurso judicial ante el tribunal.
En el escrito, el sujeto alegó que “estas publicaciones han afectado su honra desde el punto de vista objetivo y subjetivo”, agregando que se ha visto dañado por los comentarios en redes sociales. Por ello exigió, además de la eliminación del contenido, que se emitieran disculpas públicas hacia su persona.
Sin embargo, finalmente la Corte de Apelaciones acogió los argumentos del abogado defensor de VLN Radio, Eduardo Cornejo, fallando a favor del medio de comunicación precisando que “no existe ninguna imputación directa al recurrente, a quien no se individualiza por su nombre”.
“Simplemente se limita a dar a conocer un hecho noticioso, dentro del marco legal (…) acompañando una fotografía donde aparece un sujeto en bicicleta, con el rosto cubierto, sin que se pueda identificar de quien se trata, ni se entrega antecedentes que permitan, directa o indirectamente, conocer específicamente de quien se trata”, concluyeron los magistrados del tribunal de alzada.
Sobre los comentarios en las notas publicadas en redes sociales, el fallo indica que VLN “no puede ser responsable de los comentarios o amenazas que terceras personas realicen como consecuencia de la difusión de una noticia, en los términos establecidos anteriormente”.
Tras conocer la decisión de la Corte de Apelaciones de Talca, el abogado del medio refirió que "existe un derecho a la información frente a un hecho que es público, notorio y que reviste características de delito, del cual es necesario que la comunidad tome conocimiento".
"Prima y nos deja bastante conformes que la labor de la radio en estos momentos se está viendo apoyada por los tribunales de justicia, toda vez que el derecho a que la comunidad se vaya enterando veraz y rápidamente de la información es una garantía constitucional que está avalada", agregó Cornejo.
Todo sobre Denuncia