El abogado Vinko Fodich se refirió a la ratificación, por parte de la Corte de Apelaciones de Talca, del fallo del Juzgado de Garantía que modificó la medida cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario total para el diputado desaforado Francisco Pulgar (IND), quien está siendo investigado por delitos de índole sexual.
Sobre la estrategia utilizada, el jurista curicano afirmó: “Dejamos de hacer una defensa negativa, que simplemente negaba los hechos”, agregando: “Seguimos pruebas particulares que debilitaron o permitieron contrastar la versión de la víctima. También conseguimos situar a Francisco Pulgar viviendo y residiendo de manera habitual (al momento de los hechos) en Santiago”.
En la misma línea, Fodich sostuvo: “Nosotros seguimos insistiendo en demostrar la inocencia del diputado Pulgar y eso tenemos que hacerlo en un juicio oral, que pretendemos se haga pronto”.
Sobre las expectativas para el futuro del caso, añadió: “Esperamos argumentar las pruebas que estamos recabando, ya que lo que se expuso es sólo una parte. Tenemos peritos desplegados en la región del Maule, los cuales están reuniendo una importante cantidad de información. (Los investigadores) son los mismos peritos que se ocuparon del caso del cabo Zamora, que permitieron con pericias y pruebas desvirtuar las imputaciones del Ministerio Público”.
Argumentos de la Corte de Apelaciones para modificar cautelar
La resolución del tribunal de alzada se basó en el mérito de nuevos antecedentes presentados por la defensa del imputado.
Entre estos, destacan más de 140 conversaciones que Pulgar y la víctima mantuvieron en diversas redes sociales entre los años 2014 y 2020. Además, se incluyó la declaración de dos testigos, rendida el 17 de abril de 2025, quienes contextualizan la conducta de la víctima para con el imputado en una fecha posterior a los hechos por los cuales ha sido formalizado. Estos elementos probatorios, según el tribunal, permiten "contrastar el relato de la víctima y la coherencia de éste".
La defensa también añadió cuestionamientos a los hechos atribuidos al diputado, específicamente a episodios ocurridos entre marzo y junio de 2014. En este sentido, se presentó evidencia de que en ese periodo el imputado se encontraba trabajando y residiendo en Santiago, acompañando contratos de trabajo suscritos con la Defensoría Metropolitana Norte y Canal 13. Estos antecedentes fueron allegados a la causa con posterioridad a la última revisión de la medida cautelar, que se realizó el 28 de marzo de 2025.
Según el tribunal, estos nuevos elementos probatorios "permiten razonablemente cuestionar el cumplimiento de los requisitos" para la prisión preventiva, haciendo pertinente su sustitución por otras medidas cautelares que "satisfacen de manera adecuada la necesidad de cautela".
Cabe señalar que la decisión no fue unánime. La ministra Blanca Rojas Arancibia votó en contra, estimando que no han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al decretar la prisión preventiva del imputado.
En su opinión, no existen antecedentes suficientes que eliminen la necesidad de cautela, y consideró que la libertad de Pulgar Castillo "sigue constituyendo un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima".