Este viernes, el Cuarto Tribunal Oral en Lo Penal de Santiago absolvió de forma unánime a Sebastián Zamora, excabo de Carabineros acusado de haber empujado a un manifestante desde el Puente Pío Nono durante una manifestación en octubre de 2020, por lo que se le atribuían los cargos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos.
De esta forma, concluyó el juicio oral que impulsaba la Fiscalía Centro Norte, liderada por Ximena Chong, luego de que los magistrados determinaron que la víctima, identificada como Anthony (16), participaba de una protesta violenta y que huía de la policía con el rostro cubierto.
El hecho se dio en el marco de incidentes en las inmediaciones de la Plaza Baquedano, durante la pandemia de Covid-19, cuando el adolescente fue perseguido por el excarabinero quien pretendía arrestarlo, aduciendo que arrojó objetos contundentes a un vehículo policial y golpeó un carro lanza aguas con un palo. En ese momento, se precipitó al río Mapocho.
Sobre el intento de detención que ejerció Zamora, la presidenta del tribunal, Patricia Bründl, sostuvo que “existían indicios que de todas formas justificaban el proceder”. Asimismo, apuntó que el afectado sufrió lesiones graves pero no quedó en riesgo vital, desestimando así la acusación de homicidio frustrado.
Por otra parte, la jueza señaló que el relato del menor no fue consistente y utilizó distintos términos para referirse sobre el hecho. Por ello, se calificó como confusa su posición de cómo habría sido empujado desde el puente por el expolicía. Además, sumó los testimonios de testigos que no concuerdan en cuanto a la actuación de este último, en los que se incluyó a personas que no estaban presentes en el sitio del suceso.
Así, concluyó Bründl, quedó como no probada la acusación de que el excarabinero tomó con los brazos al manifestante, levantándolo por sobre la baranda para arrojarlo al río Mapocho como sostenía el Ministerio Público.
Además, en su veredicto el tribunal oral descartó la imputación realizada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), por apremios ilegítimos contra la víctima.
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