Concejales de Río Claro presentan requerimiento ante el TER para destituir al alcalde Américo Guajardo

La acción legal acusa a la máxima autoridad comunal de notable abandono de deberes y faltas a la probidad administrativa. Los ediles buscan su remoción del cargo, la inhabilitación para ejercer funciones públicas por cinco años y que el Ministerio Público investigue parte de los cargos.

02 de Junio del 2026 · 18:00
Concejales de Río Claro presentan requerimiento ante el TER para destituir al alcalde Américo Guajardo
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Por VLN Radio

Con información de Sala de Prensa

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Un grupo de cuatro concejales de la comuna de Río Claro interpuso un requerimiento ante el Tribunal Electoral Regional (TER) del Maule en contra del actual alcalde, Américo Guajardo Oyarce (RN). La acción fue ingresada y firmada por las autoridades comunales Néstor Vergara Rojas, Mauricio Montecino Canales, Eduardo Muñoz Vargas y Joaquín Poblete Ponce.

A través del documento legal, los ediles solicitan que la justicia electoral declare que el jefe comunal ha incurrido de manera comprobable en un "notable abandono de deberes y en contravención grave al principio de probidad administrativa", de acuerdo con los términos que establece el artículo 60, letra c, de la Ley N° 18.695. Para sustentar esta solicitud, los concejales exponen diez cargos que se encuentran debidamente individualizados en el cuerpo del requerimiento.

Como consecuencia de estas presuntas irregularidades, la parte requirente exige la destitución de Guajardo de su puesto como alcalde de Río Claro, sumado a la imposición de una inhabilidad para ejercer cargos públicos por un período de cinco años. Además, la presentación solicita que el tribunal remita los antecedentes al Ministerio Público con el objetivo de que dicho organismo investigue penalmente los hechos descritos de manera específica en los cargos número dos, tres y cuatro, pidiendo a su vez que la autoridad requerida sea condenada al pago de las costas del proceso.

El Tribunal Electoral Regional del Maule tuvo por interpuesto este requerimiento el pasado 28 de mayo de 2026, asignándole el Rol N° 34-2026. Para continuar con el proceso, la instancia ordenó notificar la resolución mediante la publicación de un extracto en el diario La Prensa, junto con realizar la notificación personal o por cédula al alcalde mediante un receptor judicial, diligencias que corren a costa de la parte acusadora. Una vez concretada esta notificación, la autoridad comunal dispondrá de un plazo de diez días hábiles para contestar formalmente el requerimiento en su contra.

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