El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Curicó dictó sentencia absolutoria en favor de Sebastián Ignacio Parra Cerón, quien era acusado por el Ministerio Público del delito de homicidio simple, supuestamente perpetrado en octubre de 2022 en la ciudad.
En fallo dividido (causa rol 234-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Jimena Orellana Fuenzalida (presidenta), Macarena Yáñez Cerda y Rodrigo Gómez Marambio (redactor)– absolvió a Parra Cerón del cargo de homicidio. La decisión se basó en que el tribunal estableció que el acusado actuó en legítima defensa, al acreditarse que realizó el disparo que causó la muerte de la víctima, quien, junto a otro individuo, estaba agrediendo al padre de Parra Cerón con objetos contundentes.
Además del cargo de homicidio, el tribunal absolvió a Parra Cerón de las acusaciones por microtráfico de droga, tenencia ilegal de arma de fuego y municiones, ilícitos supuestamente cometidos en agosto de 2018.
El fallo señala: “Que los hechos establecidos en el denominado Hecho N°1 de la acusación NO pudieron calificarse jurídicamente en la forma pretendida por el Ministerio Público, es decir, como constitutivos de los delitos consumados de TRÁFICO ILÍCITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 4 de Ley 20.000, y TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, establecido en el artículo 9 con relación al 2 letras b) y c), 4 y 5 de la Ley 17.798”.
La resolución agrega: “(...) los hechos establecidos en el denominado Hecho N°2 de la acusación NO pudieron calificarse jurídicamente en la forma pretendida por el Ministerio Público y la parte Acusadora Particular, es decir, como constitutivos de un delito consumado de HOMICIDIO SIMPLE, contemplado en el artículo 391 N°2 del Código Penal, en la persona de Alberto Sebastián Trujillo Muñoz (...) por lo mismo, NO fue comprobada, más allá de toda duda razonable, la participación dolosa y culpable del acusado Sebastián Ignacio Parra Cerón, por lo que la acusación deducida en su contra por el Ministerio Público y la parte Acusadora Particular, atribuyéndole autoría en aquellos delitos, debió necesariamente ser descartada, acogiéndose la solicitud de absolución de su Defensa”.
En consecuencia, el tribunal resolvió:
“I. Se absuelve a Sebastián Ignacio Parra Cerón de la imputación deducida en su contra por el Ministerio Público que le atribuyó la calidad de autor ejecutor de los delitos consumados de TRÁFICO ILÍCITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 4 de Ley 20.000, y TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, establecido en el artículo 9 con relación al 2 letras b) y c), 4 y 5 de la Ley 17.798, supuestamente perpetrados el 23 de agosto de 2018, en la comuna de Curicó, recogidos en el denominado Hecho N°1 de la acusación.
II.- Se absuelve a Sebastián Ignacio Parra Cerón de la imputación deducida en su contra por el Ministerio Público y la parte Acusadora Particular que le atribuyó la calidad de autor ejecutor de un delito consumado de HOMICIDIO SIMPLE, contemplado en el artículo 391 N°2 del Código Penal, en la persona de Alberto Sebastián Trujillo Muñoz, por hechos ocurridos el 22 de octubre de 2022, en la comuna de Curicó, recogido en el denominado Hecho N°2 de la acusación.
III- Se exime al Ministerio Público y a la parte Acusadora Particular del pago de las costas”.