Ley de Reconstrucción: las medidas que comienzan a regir en noviembre y el calendario que viene

Publicada en el Diario Oficial, sus primeras medidas rigen desde el 1 de noviembre y el resto se activa de forma escalonada hasta 2029.

19 OCT 2026 - 11:30
Ley de Reconstrucción: las medidas que comienzan a regir en noviembre y el calendario que viene
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La Ley N° 21.850, “para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social”, fue promulgada el 9 de octubre y publicada el sábado 17 en el Diario Oficial. Con eso comienzan a correr los plazos de sus medidas, que se activarán de forma escalonada hasta 2029.

Las primeras disposiciones rigen desde el próximo mes. Las empresas que exporten servicios basados en el conocimiento podrán descontar de su impuesto de primera categoría un 15% de las remuneraciones de los trabajadores vinculados a esos servicios. El crédito sube a 20% si la empresa o el trabajador está fuera de la Región Metropolitana o en una comuna rural de ella.

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También cambia la franquicia tributaria de capacitación del Sence, que baja su límite de 1% a 0,7% de la planilla. El financiamiento máximo será de 80% del costo del curso para trabajadores que ganan hasta 25 UTM (cerca de 1,8 millones de pesos), de 50% entre 25 y 50 UTM, y de 15% sobre ese nivel. El Servicio de Impuestos Internos, por su parte, podrá cruzar información con otros organismos del Estado para fiscalizar.

Rige además la obligación de las distribuidoras eléctricas, sanitarias y de gas de reconectar gratis, sin exigir pago previo, a hogares y mipymes de zonas de catástrofe cortados por deudas. Tendrán 48 horas para luz y gas y 24 para agua. Desde esa fecha, la Tesorería asumirá la cobranza de patentes y derechos de aseo morosos que le informen los municipios.

Desde el 1 de diciembre, la primera venta de viviendas nuevas ya terminadas quedará exenta de IVA durante un año, sin tope de precio ni de superficie. Desde ese día y por un año, las donaciones a herederos legitimarios tendrán una rebaja de 50% en el impuesto. Se elimina la insinuación judicial y lo donado no podrá superar la mitad del patrimonio del donante.

El nuevo año 2027 traerá la exención del impuesto territorial para mayores de 65 años en su vivienda principal. Quienes arrienden desde su tercera vivienda económica de hasta 90 metros cuadrados podrán optar por un impuesto único de 5%. Habrá un crédito para empleadores que financien tratamientos de enfermedades catastróficas y un estatuto de invariabilidad tributaria para inversiones desde 50 millones de dólares.

También se abrirá por un año la repatriación de capitales, con un impuesto de 10%, o de 7% si los fondos se mantienen invertidos en Chile cinco años.

La Tesorería ofrecerá por 180 días convenios de pago para deudas vencidas hasta fines de 2025. Contempla condonar hasta 100% de los intereses y 80% de las multas, y llega a 48 cuotas. Las empresas con utilidades acumuladas en registros como el FUR y el STUT tendrán ocho meses, hasta junio, para pagar un impuesto único de 10%. Los deudores de derechos municipales podrán pedir condonación total de intereses y multas durante doce meses.

La tasa de primera categoría bajará a 25,5% en 2027, 24% en 2028 y 23% desde 2029. Este año queda en 27%.

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