La Cámara de Diputadas y Diputados respaldó los cambios del Senado y despachó a Ley el proyecto que permite inscribir en primer lugar el apellido de la madre.
El texto define que los primeros apellidos de la madre y el padre se transmitirán a sus hijos e hijas, conforme al orden que entre ellos acuerden. Así, en la inscripción de nacimiento de la primera o primero de sus hijos en común, sus progenitores determinarán, de común acuerdo, el orden de transmisión de sus apellidos, lo que valdrá para el resto de su descendencia en común.
La norma establece que, si no hay acuerdo al momento de inscribir al primero de sus hijos o hijas comunes, se entenderá que el primer apellido del padre anteceda al primero de la madre en las partidas de nacimiento de toda su descendencia en común.
Por otro lado, en la inscripción de nacimiento de una hija o un hijo cuya filiación quede determinada solo respecto de la madre o del padre, se registrará al menor con el respectivo primer apellido de dicho progenitor.
Procedimiento

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En cuanto al procedimiento administrativo, se establece que toda persona mayor de edad podrá, por una sola vez, solicitar el cambio de orden de los apellidos determinados en su inscripción de nacimiento.
Sin embargo, el proyecto establece normas especiales para el caso de extranjeros y para personas procesadas, formalizadas y condenadas, quienes no podrán acceder a este procedimiento.
La iniciativa precisa que, si una persona realiza el cambio de sus apellidos, esto provocará el cambio del respectivo apellido de sus hijos e hijas menores de edad. Sin embargo, si se encuentran entre los 14 y 18 años deberán manifestar su consentimiento, mediante declaración escrita extendida ante el Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Finalmente, el proyecto establece que la norma entrará en vigencia al día siguiente de que sea publicada en el Diario Oficial y que un reglamento del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos regulará la forma en que se practicarán las inscripciones y las manifestaciones del acuerdo de los padres respecto del orden de los apellidos.