Presidente Piñera promulgó ley "Bono Covid-19" para familias y Pymes

Conoce los grupos beneficiados y las medidas adoptadas para las empresas, las cuales buscan dar estabilidad y sustento mientras dure la crisis sanitaria

30 de Marzo del 2020 · 17:57
Presidente Piñera promulgó ley "Bono Covid-19" para familias y Pymes
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Tras su aprobación en el Senado, este lunes el presidente, Sebastián Piñera, promulgó la ley denominada “Bono Covid-19”, por la que se busca ayudar a las familias vulnerables y Pymes perjudicadas por los efectos económicos causados por la pandemia de Covid-19 a nivel nacional.

Este beneficio se enmarca en el Plan de Emergencia, anunciado por el gobierno con el objetivo de paliar el impacto de la crisis sanitaria en varios sectores de la sociedad.

Sobre el bono, el mandatario aseguró que “los desempleados y los que vean sus contratos de trabajo suspendidos, tendrán acceso a los beneficios del seguro de desempleo. Los trabajadores con ingresos hasta $380 mil, tendrán acceso a los beneficios del Ingreso Mínimo Garantizado”.

En tanto, las personas sin ingresos formales podrán optar al bono contemplado en el proyecto de ley promulgado este lunes. Por otra parte, los trabajadores a honorarios tendrán derecho a la devolución anticipada de sus impuestos.

En cuanto al “Bono de apoyo a los Ingresos Familiares (Bono Covid-19)”, se entregará a los siguientes grupos por las formas correspondientes:

- Beneficiarios del Subsidio Único Familiar (SUF): Se asignará $50.000 por carga, lo que implica la entrega de 2.069.653 bonos.

- Beneficiarios del Subsistema de Seguridades y Oportunidades: Se asignará $50.000 por familia, representando 98.999 bonos.

Adicionalmente, se entregará un bono de $50.000 por familia, para quienes integren un hogar del 60% más vulnerable y que no sean beneficiarias de los subsidios antes descritos, ni del subsidio de asignación familiar o maternal, ni de alguna pensión del régimen de seguridad social. Esto contempla 663.820 bonos.

En la suma total, se entregarán 2.832.472 bonos de $50.000, los cuales beneficiarán a 1.602.693 personas con un costo de aproximadamente US$167 millones.

Respecto a la fecha de pago de cada beneficio, es deberá ser determinada vía decreto por el Ministerio de Hacienda dentro de los diez días de publicada la Ley.

Otra de las medidas anunciadas corresponde a un aporte de capital de US$500 millones para BancoEstado, por parte del ministerio antes mencionado. En un plazo de 12 meses, la entidad bancaria deberá informar del destino de los recursos y los criterios en que fueron asignados.

Sobre la protección al empleo, se estableció que cuando el trabajador, debido a esta emergencia, tenga que permanecer en su hogar sin posibilidad de realizar sus labores a distancia (teletrabajo), se permitirá la suspensión temporal de sus funciones en la empresa, así como también el pago de sus remuneraciones por parte de su empleador.

Pese a lo anterior, se mantendrá el vínculo contractual y todos los derechos laborales, pero el trabajador pasará a recibir ingresos desde el seguro de cesantía de acuerdo con las reglas de uso vigentes. Además, el empleador mantendrá la obligación de pagar las cotizaciones previsionales y de salud.

El fondo de cesantía solidario será sostenido por el Fisco, el cual entregará, a medida que éste lo requiera, hasta US$2.000 millones de dólares.

En cuanto a la reducción de la jornada laboral, se permite pactar en hasta un 50%, “permitiendo que el fondo solidario del seguro de cesantía complemente los ingresos del trabajador, para que estos no caigan bajo el 75% de su renta”, describió el gobierno en una minuta.

Así, estas dos últimas medidas en conjunto “buscan evitar que se destruyan empleos, al tiempo que se mantiene el vínculo y los derechos laborales del trabajador. Se asegura una fuente de ingreso extraordinaria mientras dure esta situación de emergencia”.

En otro aspecto, se establecieron medidas de liquidez para el sistema productivo y empresas, dentro de las cuales el presidente mencionó que se aplicará la suspensión de los pagos provisionales mensuales (PPM) del impuesto a la renta de empresas, por los próximos 3 meses.

Junto con lo anterior, se estableció la postergación del pago del IVA de los próximos tres meses para todas las empresas con ventas menores a UF 350.000, posibilitando su pago en 6 o 12 cuotas mensuales a tasa de interés real cero, dependiendo de su tamaño.

Además, se anticipará la devolución de impuesto a la renta que corresponde a las Pymes, que la recibirán en abril, para las que reporten ventas hasta UF 75.000 anuales.

Otra medida establece la postergación hasta julio de 2020 del pago de impuesto a la renta de las Pymes, de acuerdo con lo que declaren en la operación renta de abril próximo.

También se posterga el pago de contribuciones de abril para empresas con ventas inferiores a 350.000 UF y para personas con propiedades con avalúo fiscal inferior a $133 millones. La contribución postergada será pagada en tres cuotas, junto con las siguientes tres, aplicándose una tasa real de interés 0%.

A su vez, se entregaron medidas de alivio para el tratamiento de deudas tributarias con la Tesorería General de la República, focalizadas en las Pymes y personas de menores ingresos. En este sentido, se otorgará flexibilidad para celebrar convenios de pago de deudas tributarias con TGR, sin intereses ni multas.

Todos los gastos de las empresas asociados a enfrentar la contingencia sanitaria serán aceptados como gasto tributario, por el Servicio de Impuestos Internos. Asimismo, se otorgarán mayores flexibilidades en los plazos para presentar declaraciones juradas asociadas a la operación renta de este año.

En última instancia, habrá una aceleración de pagos a proveedores del Estado, los cuales se saldarían al contado a principios de abril, contemplando las facturas que ya fueron emitidas. A su vez, toda factura que se emita en adelante al Estado será pagada antes de 30 días.

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