Corte de Apelaciones ordena nuevo juicio por secuestro con homicidio de Henry Vásquez

El tribunal de alzada acogió el recurso de nulidad presentado por la Fiscalía, cuestionando la deficiente valoración de pruebas científicas y telefónicas que vinculaban a los dos acusados con la desaparición de la víctima en el año 2023.

26 de Agosto del 2026 · 12:15 Seguir en Google News
Corte de Apelaciones ordena nuevo juicio por secuestro con homicidio de Henry Vásquez
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Por VLN Radio

Con información de Diario La Prensa

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La Corte de Apelaciones de Talca anuló el juicio oral y la sentencia que había absuelto a Cristian Reinaldo Gagliano Cruz y Guillermo Patricio Jiménez Aravena, quienes enfrentaban cargos como autores del delito de secuestro con homicidio en contra de Henry Vásquez López, persona cuyo rastro se perdió definitivamente el 12 de junio de 2023.

Según diario La Prensa, la resolución fue dictada este lunes por la Tercera Sala del tribunal de alzada, instancia que decidió acoger el recurso de nulidad presentado por el fiscal, Jaime Rojas Díaz, en contra del fallo emitido el pasado 15 de mayo por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó.

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En su acción legal, el Ministerio Público argumentó que la sentencia absolutoria de primera instancia presentaba serias contradicciones y omitía la correcta valoración de pruebas científicas clave aportadas por el personal de la Policía de Investigaciones (PDI).

Entre los antecedentes ignorados destaca el análisis del tráfico telefónico y la georreferenciación de los equipos celulares, registros que permitieron establecer desplazamientos coincidentes entre la víctima y los acusados desde el sector de Los Niches, en Curicó, transitando por la ruta J-65 hacia Pichingal, en la comuna de Molina. Fue precisamente en las cercanías del río Lontué donde desapareció Vásquez, cuyas cuentas bancarias no volvieron a registrar movimientos desde ese día.

El tribunal de alzada respaldó la postura de la Fiscalía, determinando que existían antecedentes suficientes para establecer que el proceso de valoración probatoria fue deficiente. En la resolución judicial, los magistrados señalaron textualmente que "en cuanto a la motivación, también quedó asentado que la víctima y Gagliano se conocían, cuestión que tampoco se desarrolla por el tribunal, teniendo en consideración el posicionamiento de Gagliano junto a la víctima el día que desapareció".

Profundizando en las falencias del primer proceso, el fallo agrega que "es dable admitir que hay bastantes ripios en la sentencia que dan cuenta de un feble análisis de las probanzas, desde la perspectiva del mandato legal, y en su valoración, por lo que se aprecia que el proceso no ha sido completo, ni hay un adecuado análisis de los dichos de los acusados, en relación a las restantes probanzas".

Como consecuencia directa de esta resolución, la causa judicial deberá retrotraerse, obligando al sistema penal a agendar y realizar un nuevo juicio oral con todos los antecedentes recabados hasta la fecha, buscando determinar de manera definitiva la responsabilidad de los imputados en este crimen.

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