Municipio curicano aprueba ordenanza para el uso obligatorio de mascarilla: inspectores podrán fiscalizar medidas sanitarias
Quienes las incumplan las medidas estarán expuestos a pagar multas de hasta 5 UTM.
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Quienes las incumplan las medidas estarán expuestos a pagar multas de hasta 5 UTM.
13 de Mayo del 2020 · 17:56Quienes incurran en una de las medidas serán sancionados de manera económica, con una multa que va desde 1 a 5 UTM. Tanto Carabineros como inspectores municipales podrán realizar la fiscalización correspondiente.
Sobre la ordenanza el alcalde de Curicó Javier Muñoz argumentó que la ordenanza “nos va a permitir colaborar y contribuir en el proceso de educación a la comunidad, pero también colaborar con el ministerio de salud, con todas las medidas sanitarias que se han implementado pero que ellos no tienen la capacidad suficiente para poder fiscalizar".
También sostuvo que bajo este alero legal se podrá "empoderar" a los "inspectores municipales, que los vamos a fortalecer a raíz de esta pandemia con un mayor número, para que salga primero que nada a educar y después a sancionar y vamos a hacer cumplir la normativa del uso obligatorio de la mascarilla en los diferentes lugares que así lo establece la normativa".
En caso de quienes practiquen algún deporte, el jefe comunal señaló que si “está sola (la persona) no calza dentro de un evento deportivo, pero obviamente esa persona debiera estar usando todos los elementos de protección personal y evitar la posibilidad de contagios".
En detalle, Carabineros e inspectores municipales podrán fiscalizar lo siguiente:
Sobre las empresas privadas, Muñoz puntualizó que en el caso de los bancos ellos “solo se están preocupando de lo que pasa en su interior y no de lo que pasa en su exterior de ese espacio y nosotros estamos haciendo responsable también a esa empresa, de que se tiene que preocupar de cómo está la gente afuera, que también debe tener la demarcación y estar recordándole el espacio, como lo hacen otras empresas".
Otra de las áreas que han sido considerados dentro de la ordenanza municipal tiene relación con los funerales, tanto para personas fallecidas por COVID-19 como para aquellas que fallecieron por otra causa.
Para los funerales de personas fallecidas por COVID-19, se establece que : el velorio, ceremonia o entierro debe tener una duración máxima de 90 minutos. Con un máximo de 20 personas, restringida al núcleo directo del fallecido, exceptuando los contactos estrechos que deban permanecer en cuarentena. Se prohíbe realizar velorios en domicilios y se recomienda no utilizar decoración como velas, flores, fotos, etc. Los asistentes deben cumplir con la medida de distanciamiento social mínimo de 1 metro entre cada persona. Es obligatorio el uso de mascarillas. Al finalizar la ceremonia se deberá desinfectar el lugar.
Mientras que para los funerales para quienes murieron por otro tipo de causa se detalla que: el número máximo es de 50 personas, es obligatorio el uso de mascarillas. Los asistentes deben cumplir con la medida de distanciamiento social mínimo de 1 metro entre cada persona.
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