Dirección del Trabajo fija horarios del feriado irrenunciable y reglas para aguinaldos
El director regional (s), Drago Lillo Quintana, aclaró que el descanso obligatorio para el comercio se inicia a las 21:00 horas del 17 de septiembre y se extenderá hasta las 06:00 horas del 20 de septiembre, destacando que los aguinaldos entregados en años anteriores constituyen un derecho adquirido.
En el marco de las fiscalizaciones y coordinaciones previas a las festividades de septiembre, la Dirección Regional del Trabajo del Maule entregó los lineamientos normativos que regirán el funcionamiento del comercio y las garantías laborales durante las Fiestas Patrias. El director regional (s) de la entidad, Drago Lillo Quintana, recordó que los días 18 y 19 de septiembre corresponden a feriados irrenunciables para los trabajadores del sector comercio, período en el cual los establecimientos deberán permanecer cerrados a fin de resguardar el descanso obligatorio de los dependientes.
Respecto a la operatividad de los horarios y el cómputo de los plazos legales, la autoridad sectorial precisó queel descanso debe comenzar a más tardar a las 21:00 horas del día previo al festivo y finalizar a las 06:00 horas del día posterior. De esta forma, las jornadas del comercio deberán concluir a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre, reanudándose las labores normales a partir de las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre. La repartición pública mantendrá habilitado un canal de denuncias en su sitio web institucional para que los trabajadores que vean vulnerados sus derechos puedan ingresar sus requerimientos de manera directa durante los días festivos.
Asimismo, Lillo detalló las excepciones que contempla la legislación laboral para servicios esenciales del comercio, tales como farmacias de turno y estaciones de servicio, especificando que la normativa vigente establece que los trabajadores de estos rubros deben contar con un descanso alternado año a año.En materia de aguinaldos, el director regional (s) explicó que si bien el beneficio no está consagrado de manera explícita en el Código del Trabajo para el sector privado, este se vuelve obligatorio cuando está estipulado en el contrato individual, acordado en una negociación colectiva o cuando se ha otorgado de forma continua en años anteriores, configurándose bajo la "regla de la conducta" como un derecho adquirido inalterable.
Sobre el inicio del descanso legal y los mecanismos de fiscalización activa, el director regional (s) del Trabajo del Maule, Drago Lillo Quintana, señaló que "el feriado irrenunciable son los días 18 y 19, y la legislación dice que cuando hay un feriado, este empieza a las 21:00 horas del día anterior; o sea, el 17 a las 21:00 horas debería empezar el feriado hasta las 06:00 de la mañana del día 20". En relación con las denuncias por incumplimiento, el directivo agregó que "la Dirección del Trabajo va a tener un link en su página web, donde ahí los trabajadores van a poder denunciar directamente".
En cuanto a las excepciones para locales autorizados y el descanso de sus trabajadores, Lillo puntualizó que en establecimientos como estaciones de servicio o farmacias "al menos cada año y medio tienen que tener el día de descanso; si hay un trabajador de una bomba de bencina que trabajó el 18 de septiembre del año pasado, este 18 tiene por obligación que descansarlo". Finalmente, al referirse al otorgamiento de beneficios económicos patrios en las empresas privadas, la autoridad concluyó que "hay tres opciones para los aguinaldos: la primera es que estén en los contratos de trabajo estipulados; la segunda, que tengan alguna negociación colectiva; y la tercera es la regla de la conducta, el derecho adquirido, lo que quiere decir que si siempre en los años anteriores se ha dado aguinaldo, ahora en este no se puede dejar de dar".