La comisión de Gobierno del Senado comenzó la discusión del proyecto de ley que propone el voto anticipado, el cual está dirigido a beneficiar a personas embarazadas y mayores de 65 años, entre otros grupos, para favorecer su ejercicio de sufragar en elecciones públicas.
La moción, que atraviesa su segundo trámite constitucional en la Cámara Alta, propone una modificación a la Ley 18.700 orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.
Mediante una inscripción, podrán sufragar anticipadamente los que tengan 65 años o más de edad, las mujeres embarazadas, quienes tengan algún tipo de discapacidad (según la ley 20.422) y aquellas que tengan la calidad de asignatarios de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.
También se incluye a miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, quienes trabajen fuera del área urbana en que se encuentra emplazado su lugar de votación o se encuentren sujetas a las jornadas de trabajo, establecidas en el artículo 38 del Código del Trabajo. Se suma a quienes, por padecer una enfermedad acreditada, no puedan acudir al local de votación.
Como plazo, los electores contemplados en la iniciativa deberán inscribirse ante el Servicio Electoral entre 90 y 60 días antes de la elección o plebiscito respectivo, acompañando los antecedentes que comprueben su pertenencia a los grupos estipulados. El trámite se haría tanto en una plataforma electrónica dispuesta por el Servicio Electoral, con autentificación de identidad, como concurriendo a las oficinas del organismo.
Ante la comisión, el presidente del Consejo Directivo del Servel, Andrés Tagle, criticó que el proyecto “no incluye una fecha clara de cuándo sería el voto anticipado”, agregando que se debe evitar que haya duplicidad de voto ya que se podrían generar dos padrones, uno para el sufragio a distancia y otro para las elecciones. Por otra parte, advirtió que se debe fijar un mínimo de votantes por mesa para resguardar el secreto del voto.
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