El pasado sábado 18 de julio, el Tribunal Oral en lo Penal de Curicó emitió una sentencia condenatoria contra un hombre y una mujer, hallados culpables del delito de robo con homicidio en contra de Aníbal Valenzuela Figueroa, un trabajador agrícola de 37 años que perdió la vida tras ser atacado en la comuna de Molina. El crimen se perpetró el 14 de febrero de 2025 al interior del Fundo Entre Ríos, ubicado específicamente en el sector de Lontué.
De acuerdo con los antecedentes expuestos en la investigación, la víctima fue abordada por la pareja conformada por Nicolás Ignacio Cortés Luarte, de 27 años, e Ivonne del Carmen Pezoa Gutiérrez, de 21 años. El cuerpo del trabajador fue encontrado con múltiples heridas correspondientes a golpes y cortes propinados con un arma blanca. Las diligencias efectuadas por la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones de Curicó permitieron detener a ambos individuos el mismo día del asesinato, encontrando en su poder especies pertenecientes a la víctima y los elementos utilizados en el crimen.
Todo sobre Robo con homicidio en Molina
Durante el desarrollo del juicio oral, la Fiscalía presentó diversas pruebas y testimonios para acreditar los hechos. En dicha instancia, la acusada prestó declaración asegurando que ella no había participado en el crimen, atribuyendo toda la culpa a su pareja. Pese a sus afirmaciones, el tribunal estimó que tanto el hombre como la mujer tuvieron igual grado de participación en el robo con homicidio.
La magistrada Paulina Rodríguez fue la encargada de dar lectura al fallo, oficializando las condenas para ambos responsables. En la audiencia, la jueza precisó que "se condena al acusado Nicolás Ignacio Cortés Luarte, como autor del delito consumado de robo con homicidio en perjuicio de Aníbal Armando Valenzuela Figueroa, a la pena de 18 años de presidio mayor en su grado máximo". En la misma línea, determinó que "se condena a la acusada Ivonne del Carmen Pezoa Gutiérrez, como autora del delito consumado de robo con homicidio [...] a la pena de 18 años de presidio mayor en su grado máximo".
Además de las condenas principales, el tribunal aplicó penas accesorias que incluyen la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos u oficios públicos y derechos políticos. Finalmente, la magistrada Rodríguez aclaró que ambos sentenciados deberán cumplir con la condena de cárcel de manera efectiva, descontándose el tiempo que ya estuvieron privados de libertad bajo la medida cautelar de prisión preventiva. Sobre este punto, la jueza detalló que se servirá "de abono a la condenada Pezoa Gutiérrez la suma de 519 días que ha permanecido privada de libertad por esta causa; en el caso del acusado Cortés Luarte, se considerarán 362 días que ha permanecido privado de libertad por esta causa".