El Juzgado de Letras de Curicó emitió su resolución respecto a la demanda interpuesta por el actual consejero regional, Roberto García Parra, en contra de la Municipalidad de Curicó. El exfuncionario, que se desempeñó como administrador del Cementerio Municipal desde el 1 de agosto de 2014 hasta su desvinculación el 30 de diciembre de 2024, había recurrido a la justicia acusando vulneración de derechos fundamentales y despido improcedente.
En su acción legal, García argumentaba que su salida estuvo motivada por discriminación política y hostigamiento mediático tras la llegada del alcalde George Bordachar. Asimismo, la defensa del demandante cuestionaba la aplicación de la causal de "desahucio escrito del empleador", asegurando que su cargo no era de exclusiva confianza ni poseía facultades generales de administración.
No obstante, el fallo dictado este 6 de abril de 2026 por el juez Jorge Luis Gutiérrez desestimó las pretensiones principales del consejero regional. Respecto a la acción de tutela laboral, el tribunal acogió la "excepción de finiquito" deducida por el municipio, argumentando que al firmar el documento, García no hizo reserva explícita de derechos para reclamar por vulneración de garantías fundamentales, limitándose a reservar acciones por despido improcedente y descuentos.
En cuanto a la demanda subsidiaria por despido improcedente, el tribunal resolvió rechazarla en todas sus partes. La sentencia estableció, mediante diversos antecedentes, que el demandante sí contaba con facultades generales de administración, teniendo potestad para amonestar personal, comunicar términos de relación laboral y organizar aspectos operativos del recinto.
El fallo también consideró que el trabajador faltó a obligaciones laborales evidenciadas por la Contraloría General de la República, vinculadas al cumplimiento de su jornada de trabajo, lo que justificó aún más la pérdida de confianza de la nueva administración.
Tras conocerse la resolución, el director jurídico de la municipalidad de Curicó, Felipe Canteros, entregó detalles del proceso judicial. "Don Roberto García Parra demandó al municipio por una supuesta vulneración de derechos, argumentando que su despido se había debido a temas políticos nada más. Y él demandó por 87 millones de pesos a la municipalidad", explicó el abogado, agregando que "la sentencia dice que le rechazó en todas sus partes. Sólo nos obligó a pagar un tema de un reajuste de un finiquito, pero nada más que eso".
Para Canteros, este resultado "ratifica la postura del municipio de que seguimos haciendo las cosas como corresponde, y descarta todo esto que se trató de enredar con temas políticos. Aquí hubo un criterio técnico en su despido y eso fue lo que confirmó el tribunal". Asimismo, precisó que, por tratarse de un fallo de primera instancia, el demandante "tiene los plazos legales para apelar si estima conveniente".
A pesar de estos reveses judiciales para el exfuncionario, el tribunal acogió parcialmente la demanda en el ítem de cobro de prestaciones laborales. El magistrado determinó que la base de cálculo utilizada por la municipalidad para el finiquito fue errónea al excluir el denominado "bono cementerio", el cual tenía una periodicidad trimestral y debió ser considerado.
Por lo anterior, el tribunal ordenó a la municipalidad de Curicó pagar las diferencias adeudadas, correspondientes a $109.515 por indemnización sustitutiva de aviso previo, $1.095.150 por la indemnización de diez años de servicio y $149.668 por diferencia de feriado legal proporcional.
Finalmente, el tribunal rechazó la petición de devolver los dineros descontados en el finiquito a raíz de los preinformes de auditoría, ya que estos obedecieron a una instrucción directa de la Contraloría.
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