Seremi del Trabajo del Maule llama a respetar feriados irrenunciables del 25 de diciembre y 1 de enero

Los trabajadores del comercio están amparados por la ley en su derecho laboral al descanso durante ambas fechas, cuya infracción puede acarrear multas de hasta 20 UTM

24 de Diciembre del 2024 · 11:28
Seremi del Trabajo del Maule llama a respetar feriados irrenunciables del 25 de diciembre y 1 de enero
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La seremi del Trabajo y Previsión Social en el Maule, Maribel Torrealba, hizo un llamado a los empleadores a cumplir la normativa del feriado irrenunciable para el comercio los días 25 de diciembre y 1 de enero, que rige para los trabajadores y trabajadoras del sector asegurando su descanso durante estas fechas.

Dentro de esta categoría, son consideradas todas las personas que laboran en un establecimiento de tal naturaleza, cuyas funciones se relacionen con el expendio o venta de productos directa al público.

De acuerdo con la Ley 19.973, estos trabajadores tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo entre las 20:00 horas del 24 de diciembre y las 6:00 del día 26. Lo mismo debe cumplirse entre las 20:00 del 31 de diciembre y las 6:00 del 2 de enero de 2025.

“Si los empleadores no cumplen con la normativa de feriados irrenunciables, enfrentarán multas que pueden llegar hasta 20 UTM, dependiendo del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados. Esto significa una sanción económica importante por no respetar los derechos laborales”, advirtió la seremi.

Por otra parte, la autoridad apuntó que se exceptúan de estos feriados obligatorios e irrenunciables los restaurantes y establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret y clubes. También los locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos y otros lugares de juego legalmente autorizados, expendios de combustibles, farmacias de urgencia y las que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

También deben trabajar los dependientes de las llamadas “tiendas de conveniencia”, adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados en el lugar.

El incumplimiento de la ley puede ser denunciado a través del sitio web de la Dirección del Trabajo, en www.direcciondeltrabajo.cl, además del Call Center 600 450 4000. Ambas plataformas serán atendidas por el Departamento de Atención a Usuarios, quienes derivarán las denuncias a las Direcciones Regionales del Trabajo.

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