La Contraloría General de la República (CGR) emitió una alerta tras identificar que, durante el año 2025, 35 personas con prohibición absoluta para trabajar con menores de edad desempeñaron funciones en organismos públicos.
Estos cargos implicaban una relación directa y habitual con niños, niñas o adolescentes, lo que representa un grave incumplimiento de la normativa de protección de derechos fundamentales.
Los hallazgos forman parte del Consolidado de Información Circularizada (CIC), el cual arroja cifras preocupantes al ampliar el rango temporal de análisis.
Por ejemplo, entre 2020 y agosto de 2025, se detectaron un total de 164 casos de personas inhabilitadas ejerciendo cargos públicos con contacto directo con menores.
Además, 72 instituciones del Estado se vieron involucradas en la contratación de personal que legalmente no podía ejercer dichas funciones.
Cabe señalar que a nivel local, el informe de Contraloría menciona a entidades como los municipios de Vichuquén, San Javier y Constitución, así también el Servicio Local de Educación Maule Costa.
La ley es estricta respecto a quiénes pueden trabajar con menores de edad. El Código Penal (artículos 39 bis y 39 ter) establece la inhabilitación absoluta —ya sea perpetua o temporal— para cualquier persona condenada por delitos sexuales contra menores.
Antes de realizar cualquier contratación, las instituciones públicas tienen la obligación ineludible de verificar los antecedentes en el Registro General de Condenas, así también en el Registro Seccional de Inhabilitaciones.
Ante la gravedad de los antecedentes, la Contraloría ha instruido a todas las entidades afectadas a dar cumplimiento inmediato a la ley.
Bajo la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, los organismos deben iniciar procedimientos disciplinarios (sumarios administrativos) de manera inmediata contra los responsables.
Así también reportar las acciones correctivas tomadas en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Todo sobre Contraloría