Alcaldesa de Rauco evalúa recurrir al Tricel tras fallo que rechazó inhabilitar a exjefe comunal Enrique Olivares
El Tribunal Electoral Regional del Maule desestimó la acusación por notable abandono de deberes contra el exalcalde y actual concejal. La jefa comunal, Claudia Medina, argumentó que el dictamen reconoció irregularidades que prescribieron por el tiempo transcurrido y confirmó que su equipo jurídico estudia apelar a la máxima instancia.
El Tribunal Electoral Regional (TER) del Maule emitió el pasado martes 5 de mayo una sentencia en la que rechazó el requerimiento de inhabilidad presentado en contra del exalcalde y actual concejal de la comuna de Rauco, Enrique Olivares. La acción judicial había sido impulsada por la actual alcaldesa, Claudia Medina, en conjunto con las concejalas Eugenia Correa y María Elisa Díaz, buscando sancionar a la exautoridad por un presunto notable abandono de deberes e infracciones graves y reiteradas a la probidad administrativa, hechos que habrían ocurrido durante sus tres períodos consecutivos entre los años 2012 y 2024.
Tras conocerse el resultado adverso, la alcaldesa Medina abordó la resolución y explicó que, en primera instancia, tras asumir su cargo solamente cumplió con el "mandato legal de revisar la gestión anterior". Durante ese proceso se detectaron una serie de situaciones anómalas que fueron puestas en conocimiento de la justicia electoral para determinar las eventuales responsabilidades.
En ese sentido, la autoridad aclaró que el dictamen del tribunal regional "no desestima la existencia de las irregularidades acusadas, sino que establece que varios de los hechos denunciados se encuentran prescritos debido al tiempo transcurrido", principalmente aquellos enmarcados en el periodo comprendido entre 2012 y 2019. Medina enfatizó que al ingresar al municipio, "estas faltas ya habían superado el plazo legal para ser sancionadas administrativamente", lo que ha obligado a su actual administración a invertir esfuerzos considerables en subsanar y regularizar procesos que no fueron ejecutados correctamente en el pasado.
El punto central de la controversia y del rechazo radica en la calificación de la gravedad de los hechos que aún no han prescrito. De los 17 puntos presentados originalmente en el requerimiento, "seis fueron descartados por el factor tiempo", mientras que el resto de los antecedentes "no recibió una sanción mayor por parte del TER al no ser considerados lo suficientemente graves".
Ante este escenario judicial, la alcaldesa Medina fue tajante al señalar que no descarta recurrir al Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL), el máximo organismo electoral de la nación, para buscar una revisión exhaustiva de estos antecedentes. Actualmente, el equipo jurídico de la Municipalidad de Rauco se encuentra en una etapa de evaluación técnica para presentar el recurso de apelación.
Por último, la jefa comunal de Rauco afirmó que la interpretación judicial sobre la gravedad de las faltas posee “un componente de subjetividad”, el cual debe ser contrastado imperativamente en una segunda instancia. Según la visión del municipio, esta acción busca garantizar que los actos que afectaron la fluidez y transparencia de los procesos administrativos locales reciban la sanción que corresponde en este caso.