Gary Medel deberá pagar más de 15 millones de pesos por insultos a fiscalizador sanitario

La Corte de Apelaciones de Santiago aumentó la indemnización para el funcionario agredido verbalmente y expuesto en redes sociales durante la pandemia.

27 de Abril del 2026 · 14:40
Gary Medel deberá pagar más de 15 millones de pesos por insultos a fiscalizador sanitario
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El futbolista Gary Medel ha sido condenado a pagar una suma considerable por concepto de daño emergente y moral. La decisión judicial se origina en un incidente ocurrido el 26 de mayo de 2022, cuando el deportista insultó a un fiscalizador sanitario que le impidió el ingreso a un concierto de Karol G en el Movistar Arena, debido a la falta de pase de movilidad, en el contexto de las medidas sanitarias vigentes por la pandemia de coronavirus. El hecho, además, fue transmitido en vivo por Medel en redes sociales.

La Corte de Apelaciones de Santiago elevó el monto total de la indemnización a $15.415.280, según informó el Poder Judicial en su sitio. La resolución unánime de la Cuarta Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia original del 28° Juzgado Civil de Santiago, incrementando prudencialmente la compensación en proporción al daño acreditado.

El fallo detalla la complejidad de cuantificar el daño moral: "Que es conocida la dificultad que existe para determinar en forma cuantitativa y económica la compensación del daño moral. Empero, en la necesidad de efectuar su valoración y ante la falta de baremos estadísticos o técnicos suficientemente afianzados, cabe acudir a parámetros que puedan servir como criterios orientadores para esos fines, inspirados en consideraciones de prudencia, de equidad y de experiencia. De esa manera, en la medida de lo posible, ha de propenderse a la consideración de los datos objetivos —los hechos probados—, la naturaleza del daño y a la búsqueda de algún grado de proporcionalidad entre la entidad de ese daño y la suma a indemnizar".

La sentencia también expone los detalles de la agresión sufrida por el funcionario: "Que como se aprecia de la sentencia apelada, ha quedado demostrado que Ángelo Berti fue agredido verbal e injustamente por el demandado mientras realizaba su labor de fiscalizador, además de haber expuesto esta agresión y su imagen —sin su consentimiento— en redes sociales (live) para el asedio (funa) de los seguidores del demandado Medel, con consecuencias mediáticas y de invasión a su privacidad que le causaron una gran afectación a su salud mental, al punto que requirió de farmacología y terapia a causa de un trastorno adaptativo del que dio cuenta el sicólogo tratante al declarar a folio 132. Luego, la pretensión indemnizatoria deriva del padecimiento emocional que tuvo que sobrellevar y que se encuentra comprobado también con la documental agregada al proceso, la que da cuenta de las atenciones de salud mental asociadas al evento traumático causado por el demandado y que coinciden con las dolencias que se consignaron en la demanda".

El tribunal de alzada consideró las circunstancias específicas del caso al determinar la cuantía: "(…) acorde con todo lo señalado, la cuantificación del daño se hará prudencialmente por el tribunal, habida consideración de la naturaleza, entidad y extensión del mismo, teniendo para ello especialmente presente las circunstancias en que se produjeron los hechos, esto es, que el demandante realizaba una función pública relevante a la época de los hechos y que el agravio del que fue objeto es consecuencia directa de cumplir fielmente su rol fiscalizador, sin amilanarse ante la presión y amedrentamiento ejercido por una figura pública que goza de popularidad y solvencia económica".

Además, se tomó en cuenta las disculpas públicas ofrecidas por Medel a los "funcionarios" de la salud al día siguiente del incidente. Sin embargo, el tribunal determinó que la suma solicitada en la demanda era excesiva, especialmente "considerando además los montos que han sido otorgados en casos de agresiones más graves (físicas y síquicas) fallados por los Tribunales Superiores de Justicia en causas de violaciones a los derechos humanos por agentes del Estado”.

Finalmente, la resolución confirmó la sentencia del 28 de diciembre de 2022, fijando la indemnización por daño emergente en $425.280 y la compensación por daño extrapatrimonial en $15.000.000.

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