A partir del 1 de enero de 2026, el sistema previsional chileno integrará dos nuevos bonos como parte de la reforma de pensiones. Estas medidas buscan potenciar los ingresos de los jubilados actuales y futuros. Ambos beneficios se abonarán de forma mensual y automática, siempre que los beneficiarios cumplan con los criterios establecidos por la normativa.
Según las proyecciones presupuestarias, estas ayudas económicas impactarán directamente en el monto de las jubilaciones, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los adultos mayores en todo el país.
Uno de los nuevos aportes es el Beneficio por Años Cotizados. Esta ayuda económica está diseñada para reconocer el tiempo de aportes al sistema previsional y, consecuentemente, incrementar la pensión de los jubilados.
Este beneficio está dirigido a personas mayores de 65 años que ya se encuentren pensionadas, ya sea a través de una AFP o una compañía de seguros. Para ser elegible, se requiere un mínimo de cotizaciones, con variaciones según el género:
En ambos casos, el cálculo del beneficio considerará un máximo de 25 años de aportes.
A diferencia de otros beneficios estatales, el Beneficio por Años Cotizados no requerirá un proceso de postulación. Este aporte se asignará de forma automática a las personas que cumplan con el requisito establecido, permitiendo que los beneficiarios accedan al aumento en su pensión sin necesidad de realizar trámites adicionales.
Bonos para equiparar la cancha entre hombres y mujeres
Un aspecto relevante es que, para las mujeres, el requisito de cotizaciones aumentará progresivamente. A partir de enero de 2028, se exigirá un mínimo de 132 meses cotizados, cifra que se incrementará en 12 meses adicionales cada dos años, hasta alcanzar los 180 meses (equivalente a 25 años) en 2035.
El segundo bono introducido es la Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida. Este beneficio es exclusivo para mujeres jubiladas y su entrega también comenzará en enero de 2026.
Consiste en una pensión vitalicia con un monto mínimo de 0,25 UF mensuales. Su propósito es equiparar la pensión que reciben las mujeres con la que percibirían hombres de la misma edad, con un ahorro previsional y composición familiar idénticos.
Este aporte está destinado a mujeres de 65 años o más que posean una pensión de vejez o invalidez y que no estén cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Si bien el beneficio contempla a mujeres que se jubilen a partir de los 60 años, el pago efectivo se iniciará una vez que cumplan los 65 años de edad.
Al igual que el Beneficio por Años Cotizados, la Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida se entregará automáticamente a quienes cumplan con los requisitos, eliminando la necesidad de realizar trámites de postulación.
El porcentaje del monto a recibir se determinará en función de la edad en que la beneficiaria haya accedido a su jubilación: