La Contraloría General de la República ha emitido directrices claras sobre la utilización de redes sociales por parte de ministros y cuentas institucionales. Estas normas buscan delimitar el uso de plataformas digitales por parte de entidades y funcionarios del Estado.
Un punto central de la normativa es la prohibición de bloquear usuarios en redes sociales. El organismo fiscalizador determinó que las instituciones públicas no pueden restringir el acceso a ciudadanos que expresen opiniones o críticas a través de estas plataformas.
Las cuentas institucionales son consideradas canales oficiales de comunicación. Por lo tanto, impedir la participación de la ciudadanía podría vulnerar el derecho a estar informado sobre la labor estatal. En casos de bloqueos, la Contraloría ha instruido el desbloqueo inmediato de los usuarios afectados.
Respecto a la moderación de comentarios, se permite la restricción o moderación de contenido. Sin embargo, esta acción debe realizarse siempre bajo los principios de igualdad y no discriminación. Esto significa que se pueden eliminar comentarios ofensivos, pero no vetar permanentemente a usuarios por sus puntos de vista.
Adicionalmente, las instrucciones de la Contraloría prohíben explícitamente el uso de redes sociales institucionales para fines políticos o propagandísticos. Se enfatiza que estas plataformas no deben ser empleadas para proselitismo, campañas políticas o para promover cuentas personales de autoridades.
La información compartida en estas cuentas debe estar directamente relacionada con las funciones del organismo público. El objetivo primordial es garantizar que los canales digitales del Estado sirvan para informar a la ciudadanía, evitando cualquier uso personal o partidista.
Con estas medidas, la Contraloría busca reforzar los principios de transparencia, probidad y acceso a la información pública en el uso de las redes sociales por parte del sector público.
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