Un nuevo capítulo judicial se abre en el caso de la trágica muerte de José Gabriel Reyes Morales, trabajador que perdió la vida en agosto de 2020 al interior de la planta de Industrias Vínicas S.A., ubicada en la comuna de Teno. La Corte de Apelaciones de Santiago deberá pronunciarse sobre la sentencia dictada por el 23° Juzgado Civil de la capital, luego de que la empresa demandada presentara un recurso de casación en la forma y apelación buscando revertir la condena en su contra.
El fallo de primera instancia, emitido el pasado 29 de septiembre de 2025 por la jueza Katherine Campbell, estableció la responsabilidad civil de la compañía en el accidente fatal. Según la resolución, la causa de muerte fue una asfixia mecánica por sofocación y falta de oxígeno, provocada por la inhalación de gas sulfhídrico mientras el operario realizaba sus labores. El tribunal concluyó que el recinto operaba bajo una "organización industrial deficiente", careciendo de señaléticas adecuadas y de protocolos de seguridad suficientes en el sector del biodigestor donde se produjo la emergencia. Además, se acreditó que la víctima había advertido previamente sobre una falla en una válvula, sin recibir instrucciones claras ni medidas de protección por parte de sus empleadores.
Frente a esta decisión, la defensa de Industrias Vínicas S.A. recurrió al tribunal de alzada argumentando que el trabajador se habría expuesto imprudentemente al riesgo, tesis que es rechazada tajantemente por los querellantes.
El abogado de la familia afectada, Juan Andrés Pavez Farías, valoró la sentencia inicial como un hito relevante en la búsqueda de reparación. El jurista señaló que este dictamen alumbra un camino de justicia, al establecer que la causa de muerte surgió por la irresponsabilidad de la empresa Vínicas, la cual no adoptó las medidas tendientes a alertar de la peligrosidad de efectuar maniobras en el biodigestor, exponiendo la vida de un trabajador. Pavez agregó que, si bien la última palabra la tendrá la Corte de Apelaciones, la confirmación de la negligencia patronal en primera instancia otorga tranquilidad a los deudos, quienes han sostenido desde el primer día que la seguridad falló.
Ahora, el proceso continuará su tramitación en la capital, donde los magistrados deberán dirimir si ratifican la condena por falta de servicio y negligencia, o si acogen los argumentos de la empresa para anular el fallo civil.
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