La sentencia del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, acogió uno de tres cuestionamientos en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), por la aprobación del proyecto que pretende instalar una planta de procesamiento de sangre animal en la comuna de Teno.
Esto, ya que se consideró ilegal la decisión del SEA de no analizar las materias reclamadas por la administración comunal, reafirmando que las municipalidades detentan de legitimación para impugnar una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
La sentencia ordenó al organismo retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental, con el fin de dictar un nuevo informe consolidado de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones. Esto, incorporando aspectos vinculados con los impactos de descarga de residuos líquidos industriales sobre el canal Teno-Chimbarongo, en relación a los aspectos observados por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (SUBPESCA) no considerados.
Desde los alegatos de fondo, se concluyó que la modelación de olores que se solicitaba subsanar sí se ajustaba a las metodologías permitidas. Además, de los argumentos presentados por un concejal de la comuna, con el patrocinio de la unidad jurídica del municipio, dos fueron rechazados y uno fue acogido por el tribunal, instruyendo al SEA retroceder la evaluación como se señala en el dictamen.
Mientras eso no ocurra, queda suspendido el permiso ambiental que aprueba el proyecto, hasta que la empresa Lican presente sus reparos y obtenga una nueva resolución favorable.
La alcaldesa, Sandra Améstica, refirió que “estamos reaccionado junto a nuestra ciudadanía, porque no queremos que Teno sea una comuna más de sacrificio. Es por ello que exigimos a las empresas privadas y organismos públicos mayor rigurosidad en este tipo de procesos, que nos podría afectar tanto a nosotros como seres humanos y también nuestra flora y fauna”.
“Somos parte activa de estas causas y, a través de nuestra unidad de Medio Ambiente, seguiremos en la misma línea”, acotó la jefa comunal.
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