La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló seis cargos contra la empresa Curtiembre Rufino Melero S.A., titular de un proyecto de curtiembre ubicado en la comuna de Curicó, Región del Maule, tras constatar una serie de incumplimientos a diversos instrumentos ambientales.
La investigación de la SMA determinó que la empresa no ha cumplido con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que autoriza la ejecución del proyecto. Además, se verificó el incumplimiento de las medidas establecidas en el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) vigente para el Valle Central de la Provincia de Curicó, así como la infracción de la Norma de Emisión de Ruido.
La formulación de cargos se originó a partir de 16 denuncias recibidas entre junio de 2021 y marzo de 2025, presentadas por la Municipalidad de Curicó, la Junta de Vecinos de Maquehua y la Sociedad Vitivinícola Miguel Torres S.A.. Estas denuncias apuntaban a presuntas descargas de RILes sin tratamiento, emisión de olores molestos, incumplimiento del Plan de Gestión de Olores, uso de una caldera no autorizada y emisión de ruidos molestos, entre otros.
Para investigar las denuncias, la SMA realizó inspecciones al proyecto y analizó la información proporcionada por la empresa. De los seis cargos formulados, dos fueron clasificados como graves y cuatro como leves.
Entre las infracciones graves, se imputó a la empresa el no haber realizado la desconexión de la red eléctrica, de vapor y de agua de una caldera a combustión de leña, ni haber procedido a su eliminación mediante un destinatario autorizado. Asimismo, se constató el incumplimiento de medidas del Plan de Gestión de Olores, incluyendo irregularidades en el monitoreo de olores, la revisión anual del plan, la realización de un taller de olores a la comunidad y el análisis y gestión ante superaciones del umbral de 3 u.o./m³.
Las infracciones leves incluyen la falta de acciones de mantención adecuada de la Planta de Tratamiento de RILes frente a derrames, y el incumplimiento en la medición de emisiones de material particulado (MP) de una caldera en los periodos establecidos. También se verificó la superación del límite máximo de emisión de MP de la caldera en un muestreo de julio de 2024.
Adicionalmente, se registraron superaciones de los Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) en horario nocturno, en una zona rural, en mediciones de mayo y octubre de 2024.
La Superintendenta Marie Claude Plumer señaló que “con la formulación de cargos se inicia el procedimiento sancionatorio, por lo que la empresa dispone de 22 días hábiles para formular sus descargos o de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento. Es importante recordar a todos los titulares, que el cumplimiento ambiental es un imperativo, una condición para el funcionamiento de los proyectos”.
Según la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), la empresa podría enfrentar sanciones que van desde una amonestación por escrito o multa de hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) por infracciones leves, hasta la revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 5.000 UTA por infracciones graves. En este caso, la empresa Curtiembre Rufino Melero S.A. arriesga una multa de hasta 14 mil UTAs, equivalentes a más de $11.532 millones.
Para más detalles, se puede acceder al Sistema de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) a través del siguiente enlace: https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/4112.