Tribunal define medidas cautelares para imputados en caso Bruma
La justicia determinó prohibición de comunicarse entre imputados y arraigo nacional, descartando medidas más gravosas solicitadas por las partes.
El tribunal determinó las medidas cautelares para los tres tripulantes del navío Cobra y la empresa involucrada (BLUMAR) en el caso Bruma, tras una semana de extensos alegatos.
El capitán Roberto Mansilla Gallardo, el piloto Luis Macaya y el vigía Jaime Sandoval enfrentaron la solicitud de arresto domiciliario nocturno, firma quincenal y arraigo nacional por parte de la Fiscalía.
Los representantes de las familias de las víctimas, en tanto, habían insistido en una medida más severa, solicitando arresto domiciliario total para los acusados.
El juez de garantía Jorge Henríquez comunicó la resolución, la cual consta de 37 páginas. El magistrado enfatizó que las medidas cautelares en esta etapa “cumple solo fines procesales, no punitivos”, buscando asegurar la comparecencia de los imputados y evitar riesgos de fuga.
La justicia consideró que no existen antecedentes suficientes para atribuir una conducta dolosa a los acusados y que ninguno de ellos posee antecedentes penales previos.
Por estas razones, se descartaron medidas más estrictas. La resolución estableció únicamente la prohibición de que los imputados se comuniquen entre sí o con la empresa, además de la obligación de firma quincenal y el arraigo nacional.
El juez sostuvo que “La posibilidad que cumplan pena corporal es escasa”.
Respecto a la empresa Blumar, formalizada por no haber previsto el riesgo de colisión entre sus naves, el magistrado rechazó aplicar medidas cautelares adicionales.
Explicó que la compañía cuenta con un plan de prevención de delitos. Aunque este pudiera presentar deficiencias, concluyó que “no basta un plan defectuoso, debe ser una falta grave y por lo tanto no ha lugar”.