Presidente Boric cuestiona proporcionalidad del fallo que absolvió a Claudio Crespo

El mandatario expresó dudas sobre los argumentos jurídicos del tribunal en el caso de Gustavo Gatica, mientras el diputado electo agradeció el apoyo recibido.

14 de Enero del 2026 · 06:21
Presidente Boric cuestiona proporcionalidad del fallo que absolvió a Claudio Crespo
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Tras la absolución de Claudio Crespo, el Presidente Gabriel Boric manifestó sus reservas sobre los fundamentos legales del tribunal, señalando que "El argumento de legítima defensa tiene unos requisitos copulativos para poder llevarse como argumento. Uno de ellos es la proporcionalidad", haciendo alusión directa a un punto central de la sentencia.

En este contexto, Boric analizó el equilibrio de fuerzas durante los sucesos del 8 de noviembre de 2019, en el marco del estallido social, cuando Gustavo Gatica sufrió graves heridas por el impacto de una escopeta antidisturbios.

El jefe de Estado detalló su análisis sobre las circunstancias del disparo, declarando: "A mí me cuesta, me cuesta la verdad, imaginar qué proporcionalidad hay entre un integrante de Fuerzas Especiales que tiene todo el equipamiento que tienen Fuerzas Especiales, contra un manifestante que claramente no está ni armado y que tiene las consecuencias que tiene".

Boric concluyó su reflexión afirmando: "Yo no veo una proporcionalidad entre que le saquen los ojos a Gustavo Gatica y el riesgo del ataque".

Por su parte, Gustavo Gatica, quien es diputado electo, se dirigió a los asistentes fuera del tribunal tras conocerse la decisión judicial. Agradeció el respaldo durante el proceso y el apoyo de su familia. Respecto al fallo, Gatica expresó: "claramente yo no estoy satisfecho con el resultado". No obstante, añadió: "hay algo que tranquiliza mi corazón y es que hoy en día, en el juicio se acreditó que Claudio Crespo fue el autor del disparo. Eso a mí me tranquiliza demasiado en el ámbito más personal".

El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago determinó que Claudio Crespo fue el autor del disparo que provocó la ceguera de Gatica, pero lo absolvió del delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.

Según el fallo, el reglamento vigente en el momento de los hechos no detallaba la distancia ni el direccionamiento del disparo. Los magistrados también consideraron que Gatica sostenía una piedra, lo que fue interpretado como una "agresión activa potencialmente letal".

La presidenta del tribunal, Cristina Cabello, explicó que el uso de gases lacrimógenos y lanza aguas no fue suficiente para dispersar a los manifestantes, y que el empleo de escopetas respondió a una necesidad inmediata ante ataques con bombas incendiarias.

El fallo estableció que "Ante agresiones activas potencialmente letales como las acreditadas, el protocolo autorizaba el uso de armas de fuego letales". En este sentido, el tribunal concluyó que el uso de munición menos letal demostró una actuación conforme a los principios de gradualidad y proporcionalidad, resolviendo que "no es posible atribuirle (a Claudio Crespo) participación en calidad de autor de un delito de apremios ilegítimos".

Un aspecto relevante del veredicto fue la aplicación retroactiva de la Ley Naín-Retamal, promulgada en abril de 2023. El abogado penalista Nelson Salas explicó que, si bien la regla general es la irretroactividad de la ley penal, existe una excepción cuando la norma es más favorable al imputado.

"Y en el presente caso no hay dudas de que la Ley Nain-Retamal, una ley posterior, es posible aplicarla a este caso en concreto", afirmó Salas. Añadió que esta legislación "establece una legítima defensa privilegiada cuando funcionarios de Carabineros hacen uso de su arma de fuego o arma de servicio en determinados contextos".

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