El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago ha absuelto al excarabinero Claudio Crespo, quien enfrentaba cargos por apremios ilegítimos que resultaron en la ceguera del ahora diputado electo Gustavo Gatica. Los hechos ocurrieron durante una protesta en noviembre de 2019.
La jueza Cristina Cabello expuso los argumentos del tribunal, contextualizando los sucesos. Señaló que "Gustavo Gatica se incorpora a la masa de manifestantes agresivos para participar activamente en el lanzamiento de piedras al personal policial".
La magistrada detalló que "el avance de la infantería empleando armas menos letales, escopetas y carabinas lanza gases, se tornó la única medida eficaz disponible para evitar en ese momento que los manifestantes, quienes avanzaban protegidos por las estructuras metálicas y escudos, coparan la posición policial durante la ventana de vulnerabilidad provocada por el abastecimiento del único lanza-agua cercano".
La jueza explicó que "La realización de la remetida, ejecutada a 18:07 horas, con la escopeta antidisturbios y las carabinas lanzagases, se encontró plenamente justificada al amparo de la normativa vigente, circular 1832 y orden general 2635, y los principios de uso de la fuerza, configurándose como una respuesta táctica necesaria, proporcional y legal, ante una agresión ilegítima de carácter letal y la carencia momentánea de otros medios de disuasión".
En cuanto a la autoría del disparo, el tribunal afirmó que la prueba presentada permitió establecer "más allá de toda duda razonable, de que el disparo fue percutado por la escopeta que portaba el acusado".
Según se añadió, "la evidencia audiovisual es contundente para concluir que, al momento de la lesión de la víctima, ni Cárdenas ni Saldivia estaban disparando, por lo que resulta forzoso determinar que el único autor posible de esos disparos es el acusado".
El tribunal también abordó la dirección del disparo, que según los querellantes habría estado dirigido al tercio superior del cuerpo. Al respecto, argumentaron que "no es posible determinar con certeza cómo se comportan las postas al ser disparadas".
Por consiguiente, se indicó que "la prueba aportada no permite formar convicción que el disparo que hirió al ofendido se realizó con infracción a los reglamentos tantas veces señalados, ni tampoco acreditan los reproches formulados en la acusación, por lo que no es posible atribuirle participación en calidad de autor de un delito de premios ilegítimos, como se pretendió por los acusadores".
El Juicio
El juicio, que abarcó más de 330 sesiones, se centró en los hechos ocurridos el 8 de noviembre de 2019. Los querellantes intentaron demostrar que Crespo era el responsable de las graves lesiones de Gatica, mientras que la defensa del exuniformado presentó argumentos alternativos.
Durante el proceso, la defensa cuestionó la validez de los peritajes de la Fiscalía, argumentando que no eran concluyentes respecto a la participación de Crespo en el delito imputado.
Asimismo, se puso en duda el principio de objetividad de la Fiscalía, señalando la ausencia de informes sobre el comportamiento de los manifestantes y la conducta de Gatica previo a la lesión.
Cabe recordar que la Fiscalía había solicitado una pena de 12 años de cárcel para Crespo por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves.