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Corte de Apelaciones decreta sobreseimiento total para Felipe Berríos por abuso sexual

El exjesuita reiteró su inocencia tras la sentencia, señalando que el juez anterior "infringió el debido proceso". Además, criticó a la Fundación para la Confianza y la Compañía de Jesús por negarse a colaborar en la investigación judicial, calificando el procedimiento canónico como no garantista.

05 de Diciembre del 2025 · 16:06
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La Corte de Apelaciones de Santiago dictó el “sobreseimiento total y definitivo” del sacerdote Felipe Berríos en la investigación penal por la acusación de abuso sexual de una persona mayor de 12 años, ocurrido en el año 2000.

Esta sentencia es la resolución definitiva en la investigación penal y dejó sin efecto la resolución anterior dictada por el juez del 34° Juzgado del Crimen de Santiago.

Recordemos que en junio, el tribunal de primera instancia había decretado el sobreseimiento por prescripción de la acción penal, pero en esa resolución el juez dio por acreditado un hecho ocurrido el 17 de agosto de 2000 durante un retiro espiritual, aunque sin consecuencias penales debido al tiempo transcurrido.

Mediante una declaración pública, Berríos reiteró su inocencia y valoró la resolución de la Corte, señalando que el juez de primera instancia "fue más allá de sus atribuciones e infringió el debido proceso al dictar su resolución”.

El exjesuita manifestó su satisfacción por el resultado, asegurando que esta causa se inició a su propia solicitud para que las imputaciones hechas en la investigación canónica fueran aclaradas por los tribunales de justicia chilenos.

Berríos cuestionó duramente el proceso eclesiástico, al afirmar que el procedimiento canónico: "No es garantía de debido proceso ni de justicia, ya que al amparo del secreto impide que la opinión pública sepa de qué y con qué prueba se me acusó; y por qué y con qué prueba se me condenó en ese ámbito”.

Finalmente, lamentó que tanto la Fundación para la Confianza como la Compañía de Jesús se hayan rehusado a colaborar con la investigación judicial, lo que obligó al Poder Judicial a incautar el informe canónico para poder acceder a los hechos investigados.