¿Qué contempla la Ley de Seguridad Privada? Infórmate sobre las nuevas exigencias a los vigilantes

Normativa entra en vigencia a partir de este viernes en el país.

28 de Noviembre del 2025 · 06:24
¿Qué contempla la Ley de Seguridad Privada? Infórmate sobre las nuevas exigencias a los vigilantes
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La nueva Ley de Seguridad Privada, Ley N° 21.659, entra en vigencia este 28 de noviembre de 2025 en Chile y busca regular el sector con un marco legal integral, mejorando los estándares de formación y fiscalización.

Entre los principales cambios, se establece que solo los vigilantes privados en entidades de alto riesgo (como bancos y transporte de valores) podrán portar armas no letales, se exige el uso de grabadoras corporales (bodycams) para quienes porten estas armas, y se delegan más funciones administrativas a una nueva división de seguridad privada, liberando a Carabineros para que se enfoque en la fiscalización policial.

Cambios clave de la nueva ley

  • Porte de armas no letales: Solo se autorizará a vigilantes privados que trabajen en entidades bancarias, el metro y camiones blindados de transporte de valores.
  • Uso obligatorio de bodycams: El personal operativo que porte armas no letales o dispositivos de control eléctrico deberá usar dispositivos corporales de grabación (bodycams).
  • Mayor fiscalización: Carabineros se enfocará en la fiscalización policial, ya que las tareas administrativas de autorización y control serán asumidas por la Subsecretaría de Prevención del Delito.
  • Formación y especialización: Se implementarán cursos de especialización y una categorización de guardias según el nivel de riesgo del lugar de trabajo.
  • Certificación de conserjes: Los conserjes que realicen labores de seguridad ahora requerirán una certificación de Carabineros.
  • Prohibiciones: Se prohíbe el desarrollo de investigaciones sobre delitos, interceptación de comunicaciones o el almacenamiento de datos personales para fines ajenos a la seguridad.
  • Sanciones: Se establecen multas para las empresas de seguridad, los contratantes y las personas naturales que infrinjan la ley, con sanciones más altas en caso de reincidencia.

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