Subsidio de Arriendo: Cómo solicitar hasta 170 UF para facilitar el alquiler de viviendas

El beneficio estatal busca apoyar a familias que arriendan o viven como allegados, cubriendo parte del costo mensual del alquiler con un tope de 4,2 UF.

28 de Marzo del 2026 · 12:30
Subsidio de Arriendo: Cómo solicitar hasta 170 UF para facilitar el alquiler de viviendas
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El Estado implementó el Subsidio de Arriendo, una ayuda económica transitoria diseñada para aliviar el pago mensual del alquiler de viviendas. Este beneficio está enfocado en familias que necesitan una solución habitacional por un tiempo limitado, otorgando mayor estabilidad a quienes arriendan o viven como allegados.

El aporte total puede alcanzar las 170 Unidades de Fomento (UF), distribuidas mensualmente con un máximo de 4,2 UF por mes. Los beneficiarios pueden utilizar este subsidio de forma continua o intermitente, extendiéndose su uso por un periodo máximo de ocho años.

Según información de ChileAtiende, pueden postular familias que actualmente arriendan o que se encuentran en condición de allegadas y que demuestren capacidad para cubrir una parte del valor del arriendo. El subsidio se concibe como una solución temporal y no permanente.

Los postulantes deben tener al menos 18 años de edad y presentar una cédula de identidad vigente. Para personas extranjeras, se requiere la cédula de identidad para extranjeros también en curso de validez.

Para acceder a este beneficio, es indispensable cumplir con una serie de condiciones establecidas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu). Una de las exigencias es postular junto a un núcleo familiar, que puede incluir cónyuge, conviviente civil, conviviente sin acuerdo formal o hijos. Las personas mayores de 60 años están exentas de este requisito.

Adicionalmente, los interesados deben estar inscritos en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el 70% de calificación socioeconómica. Se permite una única postulación por RSH en cada llamado oficial.

Otro requisito fundamental es contar con un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta destinada al ahorro para la vivienda, la cual debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.

Los ingresos mensuales familiares deben fluctuar entre 7 y 25 UF. Este tope puede incrementarse según el tamaño del grupo familiar: por cada integrante adicional sobre el tercero, el ingreso máximo permitido aumenta en 8 UF. Así, una familia de cuatro personas podría acceder hasta 33 UF, y una de cinco integrantes hasta 41 UF, siguiendo esta progresión.

Se exige también contar con cotizaciones previsionales registradas en línea a través de la Superintendencia de Pensiones.

En situaciones donde no exista contrato laboral, los ingresos pueden ser acreditados mediante documentación alternativa. Se aceptan informes del Servicio de Impuestos Internos (SII) de los últimos seis meses de boletas de honorarios, liquidaciones de sueldo con alcance líquido o comprobantes de pago de pensiones de invalidez, vejez o sobrevivencia.

Finalmente, es necesario disponer de una certificación de ahorro emitida por instituciones financieras con convenio de consulta en línea con el Minvu. Entre estas entidades se encuentran BancoEstado, Scotiabank/Desarrollo, Coopeuch y la Caja de Compensación Los Andes.

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