Avanza iniciativa legal que busca sancionar a imprudentes que generen operativos de rescate

La experiencia internacional muestra sólidas normativas que imponen pagos que van desde los 120 euros (aproximadamente 120 mil pesos chilenos) por minuto de rescate, hasta la cobertura total de los costos de las operaciones, incluyendo el pago de las horas de helicóptero y el movimiento de otros recursos.

18 de Junio del 2025 · 10:32
Avanza iniciativa legal que busca sancionar a imprudentes que generen operativos de rescate
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Tras las lluvias del pasado fin de semana, que dejaron importante acumulación de nieve en la precordillera, las autoridades nuevamente han puesto el foco en las recomendaciones a quienes suban a la montaña a disfrutar del paisaje nevado para evitar situaciones como el reciente caso de los excursionistas que se extraviaron en Romeral.

Esa situación puso nuevamente en el tapete la discusión sobre quien se hace cargo de los costos en los que se incurre para desarrollar las tareas de rescate.

¿Qué ocurre desde el punto de vista legal con estas acciones? ¿Es posible sancionarlo?

En Chile, la "imprudencia temeraria", es una figura legal contemplada en el Código Penal en el Artículo 490, que sanciona a quienes causan daños o lesiones por negligencia extrema, poniendo en riesgo a terceros.

Aunque la ley contempla penas menores para casos sin gravedad y más severas en situaciones de lesiones o muerte, existe un vacío legal cuando las personas se exponen voluntariamente a peligros anunciados, como lo ocurrido recientemente en Romeral donde nueve personas se internaron en la pre cordillera a disfrutar de un asado y debieron ser rescatados por los servicios de emergencia.

Guillermo de la Maza, ex subdirector nacional de la Onemi, en conversación con VLN Radio, señala que la legislación actual "no es lo suficientemente específica para sancionar a quienes, a sabiendas del peligro, requieren rescate".

De la Maza recordó intentos fallidos de sancionar a excursionistas imprudentes en el Parque Nacional La Campana en la región de Valparaíso, o nadadores y surfistas que en medio de marejadas también debieron ser rescatados.

La imprudencia temeraria se califica cuando hay un desprecio notorio del deber de cuidado, excediendo la negligencia común y poniendo en riesgo a otros, lo que "ha sido muy difícil de comprobar desde el punto de vista jurídico", dice De la Maza.

Ante esta falta de claridad jurídica, en enero de este año se presentó un proyecto de Ley que busca ampliar las facultades legales y sancionar estos actos imprudentes con multas y el pago de los costos de rescate, similar a lo que ocurre en otros países.

Este proyecto, que ya avanzó en la Cámara de Diputados, propone exigir avisos de actividad en áreas protegidas o espacios públicos, contar con equipamiento adecuado y que los padres o tutores asuman los costos en caso de menores de edad.

El diputado Jorge Guzmán (Evópoli), Presidente de la comisión de Deportes y Recreación de la Cámara, enfatiza en la necesidad de "acelerar esta tramitación para contar con una ley robusta que aplique sanciones proporcionales".

Solo a modo de ejemplo, países como Francia, España, Estados Unidos e Italia cuentan con sólidas normativas que imponen pagos que van por ejemplo, desde 120 euros, aproximadamente 120 mil pesos chilenos, por minuto de rescate hasta la cobertura total de los costos de las operaciones incluyendo el pago de las horas de helicóptero y el movimiento de otros recursos.

El delegado presidencial en Curicó, José Patricio Correa, expresó preocupación por quienes se expongan a la cordillera o la costa durante temporales. En este sentido, dijo que en el caso de lo ocurrido en Romeral, "se espera un informe sobre el costo del rescate en Romeral y la posible apertura de una causa por parte del Ministerio Público".

Por ahora, mientras no exista una legislación adecuada para sancionar las acciones temerarias, las autoridades y expertos coinciden en que más allá de esas eventuales sanciones, lo que debe primar es el sentido común y el autocuidado.

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