Corte ordena reincorporar a funcionario municipal de Teno tras desvinculación “ilegal y arbitraria”

El tribunal acogió un recurso de protección presentado por Alexander Ruiz Correa, determinando que su no renovación a contrata para 2025 fue "comunicada de forma verbal y sin la debida motivación", vulnerando sus garantías constitucionales.

02 de Junio del 2025 · 11:46
Corte ordena reincorporar a funcionario municipal de Teno tras desvinculación “ilegal y arbitraria”
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La Corte de Apelaciones de Talca emitió un fallo a favor de Alexander Ruiz Correa, periodista que se desempeñaba como profesional de adminitración de la exalcaldesa Sandra Améstica. Lo anterior, tras acoger el recurso de protección que interpuso en contra municipio tenino y actual jefe comunal, Wildo Farías.

El tribunal determinó que la comunicación verbal de no renovación de su contrata para el año 2025 fue un acto “ilegal y arbitrario”.

Los hechos

Ruiz Correa ingresó a la Municipalidad de Teno como funcionario a contrata el 1 de julio de 2021, con nombramientos renovados en iguales condiciones durante 2022, 2023 y 2024. La controversia se centró en la no renovación para el año 2025.

Según el denunciante, la exalcaldesa Sandra Améstica Gaete, antes del cambio de gestión, firmó el Decreto Alcaldicio N° 11.355, de 25 de noviembre de 2024, que prorrogaba su nombramiento a contrata por todo el 2025. Ruiz Correa afirma que esta prórroga le fue notificada personalmente.

Sin embargo, al asumir Wildo Farías, el 9 de diciembre de 2024, Ruiz Correa fue abruptamente trasladado de su oficina, se le mantuvo sin funciones y, el 11 de diciembre de 2024, la administradora municipal, María Giselle Naranjo, le informó verbalmente que su contrato no sería renovado para 2025.

El afectado denunció que esta decisión "careció de motivación o fundamentación administrativa formal".

El tribunal concluyó que "es un requisito sustancial de todo acto administrativo la expresión del motivo o fundamento por el cual se adopta una determinación por la autoridad administrativa".

Además, señaló que "pretender que una comunicación verbal, supla la obligación legal de motivar un acto administrativo, deviene necesariamente en concluir que dicho acto es ilegal".

La Corte consideró que la exclusión del recurrente del listado de empleados que continuarían a contrata, sin proporcionar las razones, afectó su garantía de igualdad ante la ley y su derecho de propiedad sobre los intereses asociados a su empleo.

Por estas consideraciones, la Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de Teno:

  • Dejar sin efecto, en lo pertinente, la resolución recurrida.
  • Reincorporar a Alexander Ruiz Correa a sus funciones en el mismo cargo, grado y calidad jurídica que tenía al momento de su desvinculación, en un plazo de 15 días desde que la sentencia quede ejecutoriada.
  • Pagarle todas las remuneraciones, bonos, asignaciones y vacaciones que debiese haber percibido durante el período entre el término de su contrata y su efectiva reincorporación, con los reajustes e intereses legales.
  • Condenar en costas a la Municipalidad de Teno.

 

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