Corte Suprema ratifica actuar de colegio curicano y confirma cancelación de matrícula tras proceso disciplinario

El máximo tribunal del país revocó un fallo previo de la Corte de Apelaciones de Talca, respaldando la decisión del establecimiento educacional frente a reiterados episodios de desregulación conductual y agresiones por parte de un estudiante.

13 de Agosto del 2026 · 19:15
Corte Suprema ratifica actuar de colegio curicano y confirma cancelación de matrícula tras proceso disciplinario
Foto: Archivo

Por Marco Andrés Retamal

Con información de Sala de Prensa

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La Corte Suprema revocó recientemente el fallo de la Corte de Apelaciones de Talca y rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de Orchard College SpA, respaldando de esta forma el actuar del establecimiento educacional curicano. El conflicto judicial se originó a fines del año 2025, luego de que el recinto escolar aplicara sus protocolos internos de convivencia frente a sucesivos episodios de desregulación conductual y diversas infracciones cometidas por un estudiante. Entre los incidentes reportados por la institución en contra del alumno se encuentran agresiones físicas dirigidas a docentes y pares, proferir amenazas y el constante abandono de la sala de clases sin la debida autorización.

La situación alcanzó su punto de mayor tensión tras la apertura del procedimiento sancionatorio N° 35-2025, el cual se inició por una falta catalogada como gravísima luego de que el alumno empujara a una docente con la intención de salir del aula. A raíz de estos antecedentes, la dirección del colegio tomó la determinación final de cancelar la matrícula del estudiante para el año escolar 2026. Frente a la drástica medida, los apoderados del menor decidieron recurrir a la justicia, logrando en una primera instancia que la Corte de Apelaciones de Talca acogiera la acción judicial y ordenara la reincorporación inmediata del estudiante a las aulas.

Todo sobre Orchard College

Sin embargo, tras la apelación presentada por el equipo jurídico del colegio, la Tercera Sala de la Corte Suprema decidió dejar sin efecto dicha sentencia el pasado 7 de julio de 2026. El máximo tribunal del país concluyó en su fallo que la decisión adoptada por el establecimiento no tuvo un carácter arbitrario ni ilegal, sino que fue la legítima consecuencia de un proceso reglado, de naturaleza acumulativa y debidamente documentado. En su resolución, la instancia judicial destacó que durante el conflicto existió una aplicación sostenida de protocolos de contención, además de apoyo psicosocial, comunicación constante con la familia y diversas medidas formativas previas a la cancelación de la matrícula.

Finalmente, el fallo de la Corte Suprema señaló de manera explícita que la condición de salud o neurodivergencia planteada por la defensa del estudiante constituye un antecedente relevante para el caso, pero este factor no impide evaluar las conductas que afecten directamente la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad escolar. Además, los magistrados precisaron que dicha condición médica tampoco releva al establecimiento educacional de su deber legal irrenunciable de resguardar la seguridad y la sana convivencia interna. De esta manera, el dictamen respalda la trazabilidad del procedimiento seguido por Orchard College y refuerza a nivel nacional la importancia de que las instituciones educativas cuenten con protocolos claros, adopten medidas proporcionales y mantengan procesos documentados para proteger a toda su comunidad educativa.

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